«Genera efectos silenciadores y disuasivos en algunos medios».
Luego de sostener un amplio proceso de diálogo con diferentes organizaciones de la sociedad civil y expertos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una demanda de acción de inconstitucionalidad contra el Decreto por el que se expidió la Ley General de Comunicación Social (LGCS) por considerar que presenta diversas deficiencias y carece de reglas claras.
«La LGCS no regula con suficiencia la materia de publicidad oficial y, por tanto, no se garantiza que el gasto en ese renglón cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, en un marco de igualdad y no discriminación, como lo prevé el texto constitucional», precisó a través de un comunicado.
En su comunicado detalla que entre algunas de las deficiencias que presenta la LGCS, esta el no establecer reglas claras para la contratación de publicidad oficial, lo cual representa riesgo para el ejercicio de la libertad de expresión en su dimensión colectiva, así como para el derecho de acceso a la información plural, pues la ausencia de tales reglas genera efectos silenciadores y disuasivos en algunos medios de comunicación.
Para la Comisión la Ley aprobada por el Senado de la República el pasado 26 de abril, delega indebidamente en autoridades administrativas el establecimiento de criterios de selección del medio de comunicación en normas infra-legales, permitiendo distribución arbitraria y discriminatoria de la publicidad oficial.
En noviembre de 2017 la Primera Sala de la SCJN determinó que el Congreso de la Unión incurrió en una omisión legislativa desde abril de 2014 al no expedir la ley reglamentaria del artículo 134, párrafo octavo, de la Constitución en materia de gasto de comunicación social y fijó al Congreso hasta el 30 de abril de 2018 para cumplir con lo ordenado por el Tribunal Constitucional.
La asociación Artículo 19 denunciaba que al ser omisa la autoridad responsable violaba la libertad de expresión, de prensa y de información, ya que la ausencia de un marco normativo reglamentario al artículo 134 de la Constitución permitía el uso arbitrario y discrecional de la repartición de recursos públicos en la publicidad oficial.
En opinión de las organizaciones que participaron en la demanda de amparo, consideran que la LGCS publicada en mayo de este mismo año, vulnera de manera sustancial el derecho a la libertad de expresión al violar los principios internacionales en materia de publicidad oficial y los señalados en el artículo 134 constitucional.
De igual forma, consideran, incumple con los criterios derivados de la exhortación de la SCJN; vulnera el derecho fundamental de la libertad de imprenta; viola el derecho de las audiencias; y documenta violaciones al proceso legislativo que afectan la validez de la Ley.
La CNDH detalló que el contenido de la acción promovida ante la SCJN es producto de un proceso de amplio diálogo y debate con organizaciones de la sociedad civil, académicos, expertos en la materia y representantes de organismos vinculados con la protección y defensa de los derechos humanos a nivel nacional, a partir del cual se integró el cuerpo de los documentos presentados ante la Corte.
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