Llega «oportunamente» en periodo electoral.
Las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor aprobadas por el Senado de la República el pasado 26 de abril contienen una serie de vaguedades, omisiones, inexactitudes y deficientes referencias a diversos conceptos y términos que además de generar un alto nivel de incertidumbre al contenido libre en línea, pueden ser un instrumento para disfrazar la censura de legalidad, dijo Wikimedia México.
«La experiencia internacional de nuestro movimiento global nos ha enseñado que esta clase de medidas pueden convertirse en medios que, disfrazados de legalidad, promueven la censura y el hostigamiento hacia la libertad de expresión».
La fundación señala que no sería la primera vez que normas de derecho de autor tan faltas de visión y técnica jurídica se utilizan por personas de pocos escrúpulos pero con suficiente capacidad económica como medios para solicitar el retiro de información que les afecta o les parece difamatoria, aún cuando estén basadas en referencias confiables.
«¿Debemos considerar como coincidencia que esta reforma, después de dos años de estar en espera, se libere al inicio de los periodos electorales de campaña en México y cuando el discurso e imagen de los personajes públicos está lleno de información verdadera pero inconveniente o falsa pero acorde a los fines electorales?».
En un comunicado, Wikimedia México refirió que las reformas introducen a la ley una serie de medidas precautorias que pretenden contrarrestar la “violación de los derechos de autor” las cuales “podrán aplicarse a solicitud de los creadores, autores, compositores y titulares de derechos patrimoniales o de las Sociedades de Gestión Colectiva que los representen”.
Dichas medidas, a través de las cuales los tribunales mexicanos tendrán la potestad de realizar actos jurídicos que limiten a quienes realicen algún acto público de “representación, comunicación y/o ejecución” de obras bajo derecho de autor, van desde la suspensión de esos actos hasta el embargo o aseguramiento de los beneficios económicos, de los medios que hayan ayudado a realizar tales actos y hasta del negocio que los realice.
«Con una justificación que, una vez más, criminaliza el acto de la copia y pretende defender el derecho patrimonial de los autores y autoras, se legalizan actos de violación a derechos fundamentales y constitucionales de difusión de las ideas, libertad de expresión, imprenta, comunicación personal, difusión e información. Muchos de ellos, constituyentes de la experiencia diaria de lo que es el ámbito digital, las redes sociales y el Internet mismo».
El capítulo México de la Fundación Wikimedia dijo tener una gran preocupación por la vaguedad y apertura de la redacción de las reformas de ley, las cuales, dejan a la libre interpretación conceptos tales como “comunicación”, “instrumentos materiales”, “equipos”, que sin mayor problema pueden aplicarse a los contenidos de Internet, computadoras y servidores.
En el ámbito de especialización de la asociación, indicó, los contenidos libres dentro de los proyectos Wikimedia podrían, bajo tales modificaciones, ser susceptibles de suspensión y retiro por las autoridades mexicanas».
«No obstante que, como parte nuestras políticas de uso de los proyectos, se establece que para la creación de artículos y contenido deben evitarse el plagio y la violación a los derechos de autor y que, además, los editores y editoras donan sus contribuciones usando la licencia Creative Commons BY-SA 3.0, ya que la redacción de la reforma permitiría ordenar el retiro de información basada en presunciones y antes de probar en plenitud la supuesta violación».
Los autores y autoras —ya de por sí privilegiados en la actual redacción de la LFDA— abonan a su amplio catálogo de derechos la capacidad de pedir a un tribunal suspensiones, aseguramientos y embargos, aún antes de que la supuesta violación a sus derechos patrimoniales quede demostrada plenamente.
Ante la omisión de los legisladores en determinar la carga probatoria y los medios de certeza jurídica necesarios para determinar la medida, dejan carta abierta al abuso de la presunción y, con ello, al exceso judicial y a la violación de derechos fundamentales.
Asimismo, tampoco se establecen formalidades para el aviso que debe realizarse a la supuesta parte infractora 72 horas antes de la solicitud judicial. El perjudicado debería poseer una forma de dar certeza a la falta de entrega de dicho escrito ya que, con la redacción actual, este bien podría ser un simple escrito a mano y pasado por debajo de cualquier puerta.
«Hacemos un llamado al titular del Ejecutivo de nuestro país a vetar las reformas aprobadas por la Cámara de Senadores. Apoyaremos, asimismo, cualquier acción jurídica posterior para retirar estas acciones nocivas al sistema de derechos intelectuales de México. Finalmente nos unimos y hacemos nuestras las posturas y declaraciones contra estas reformas que hacen organizaciones hermanas como Creative Commons, Artículo 19, R3D y SocialTIC».
C$T-GM