Se deben establecer reglas flexibles.
Prohibir entregas a través de drones, restringir la operación sólo a pilotos mexicanos y la ausencia de plazos específicos para obtener respuesta relacionada con trámites en la materia, son algunos de los temas que, de incorporarse en la NOM que prepara la DGAC, representarían un fuerte desincentivo para una industria que hacia 2024 tendrá un valor estimado de 11.5 mil millones de dólares a nivel mundial.
Sabemos de la importancia de esta industria y que implica ciertos riesgos y regulación pero somos creyentes que se debe de permitir el uso y ser flexibles para su operación aquí en México”, dijo Federico Hernández, socio de la firma de consultoría Hogan Lovells.
El especialista refirió que el proyecto de Norma Oficial Mexicana (NOM), que se encuentra en proceso de consulta pública hasta el próximo 15 de noviembre, establece una prohibición tajante a las entregas a través de un Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS, por sus siglas en inglés), conocidos como drones.
Es un tema sensible pero pensamos que se debe introducir de alguna forma, hacia allá va caminando el futuro, consideramos conveniente que se haga lo que pasa en Estados Unidos en donde la regulación establece excepciones”, comentó en entrevista con Con$umotic.
Hernández explicó que este tipo de herramientas regulatorias permiten a la autoridad establecer las prohibiciones que considere pertinentes en su momento, pero también la oportunidad de permitir ciertas cosas en casos concretos y justificados; con lo cual se evita limitar el avance de la tecnología.
Otro tema que hemos identificado es que sólo se permite operar a pilotos mexicanos que están registrados en México. Hay muchas empresas que tienen sus pilotos certificados en Estados Unidos bajo la Administración Federal de Aviación (FAA) pero que no pueden operar aquí”.
El especialista explicó que si bien tanto las circulares emitidas por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), como el proyecto de NOM hablan de ciertos tratados que se pueden tener para aprovechar estas actualizaciones, lo cierto es que hoy no existe ninguno.
Está bien que se prevea eso pero como ahorita no existe ningún tratado sólo se permite a pilotos mexicanos que puedan operar los drones y eso limita mucho la posibilidad a ciertas empresas para operar aquí o que tengan que encontrar un piloto registrado en México”.
Además, dijo, un tema clave es el establecimiento de plazos concretos para que los solicitantes de autorizaciones y permisos por parte de la DGAC tengan certidumbre sobre la operación de drones.
Hay muchas empresas, sobre todo de Estados Unidos, que traen proyectos a México y ante la falta de certidumbre de cuánto se va a tardar el plazo y todos los trámites que implica, se desincentiva que pueda existir un mercado más abierto o fluido en esta materia”.
De acuerdo con un registro iniciado por la DGAC este año, hasta agosto pasado existían 362 drones, 40 autorizaciones para pilotos y cuatro centros de capacitación autorizados.
Sin embargo, en opinión de Hernández y de Julio Zugasti, asociado de Hogan Lovells, la cantidad de trámites y requisitos que la autoridad impone a los interesados en volar un dron en el espacio aéreo mexicano limita que exista una industria más fuerte.
Lo que vemos es que puede mejorarse (el proyecto de NOM) de tal manera que sea menos restrictiva y más abierta. Sabemos que hay temas importantes como el de la seguridad de las personas que potencialmente pudieran estar en riesgo por el uso de estos aparatos, pero pensamos que debe haber un punto medio»
En opinión de los especialistas, México podría tomar en cuenta la regulación que se establece en otros países como algunos que integran la Unión Europea o Estados Unidos, para establecer una regulación más flexible y con miras a fomentar el desarrollo tecnológico y la innovación.
Debe haber ciertos incentivos y los requisitos deben ser un poco más razonables para crear el doble beneficio de que por un lado, la autoridad tenga mayor control, y por otro incentivar a los privados para que puedan presentar sus autorizaciones y cumplir con la norma”.
Si bien, dijeron, la creación de una ley específica para la operación de drones sería un exceso; la incorporación de este tipo de equipos a leyes ya existentes como la de Aviación Civil, sería un paso conveniente para definir reglas especiales con las correspondientes sanciones al incumplimiento de la norma.
Se podría prever en términos genéricos en una ley y que se establezcan reglas mucho más flexibles para irse ajustando por lo menos de manera anual, que es lo que se ha estado haciendo con la actualización de las circulaciones. Tiene que ser un mecanismo de regulación secundaria que sea muy flexible y fácil de ajustar”.
C$T-GM