México, tercer país en exportación de recursos de procedencia ilícita
El cómputo en la nube y el software son poderosas herramientas para el cumplimiento de la Ley Antilavado vigente desde 2013 y cuyo objetivo es blindar al sistema financiero y a los particulares que realizan actividades económicas consideradas vulnerables como acciones de inmobiliarias y constructoras, comercialización de joyas y vehículos y servicios de outsourcing, entre otras.
Así, quienes realicen dichas actividades están obligados a identificar a clientes y usuarios que superen el umbral de identificación de la operación en cuestión marcada por la ley y a presentar avisos periódicos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre las operaciones realizadas por estos.
De acuerdo con datos de la Secretaría de la Función Pública, en los últimos siete años México exportó 514 mil 259 millones de dólares de procedencia ilícita, lo que colocó al país en el tercer lugar en ese delito sólo después de China y Rusia.
“El volumen de datos y operaciones que deben procesar las empresas para cumplir con la Ley Antilavado se ha vuelto un desafío. Vemos una falta de efectividad y oportunidad a la hora de analizarlos y registrarlos. Incluso hay empresas que solo dependen del uso de hojas de cálculo y procesos manuales obsoletos para el registro de sus procesos. Esto supone riesgos operativos y de seguridad, así como el riesgo de incumplimiento de cada uno de los puntos de esta ley”, dijo Octavio Máynez, director general de BeCloud.
Ante este panorama, el directivo de la empresa especializada en el desarrollo e implementación de software, recomienda a las empresas que realizan actividades vulnerables listadas en la Ley Antilavado a acelerar su transformación digital para mitigar la presión que ejerce la observancia de esta y otras normas.
Sostuvo que las empresas que aceleren su transformación digital en el área de Compliance podrían mejorar hasta un 50 por ciento su capacidad de respuesta para alinearse a las disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia (Ley Antilavado) y con ello evitar multas, sanciones, e incluso la cárcel.
El software, explicó, funciona mediante un esquema de semaforización que identifica topes en el uso de dinero en efectivo y operaciones que superan el monto establecido por la ley, genera expedientes electrónicos de los clientes con detalles sobre las transacciones, tales como montos y forma de pago y recabar y respaldar por cinco años la información de clientes, lo cual se apega totalmente a las disposiciones de la Ley Antilavado.
“Gracias a este software, los Sujetos Obligados pueden cumplir con la Ley de manera fácil y oportuna con la seguridad de que su información está segura y es respaldada por Infraestructura de Microsoft. Además, al ser un software como servicio pueden acceder de desde cualquier lugar con conexión a Internet con la plena confianza de que sus datos viajan cifrados con el certificado de seguridad https”.
Octavio Máynez dijo que si bien hay avances en la adopción de la nube y del software como servicio, aún hay empresas que siguen ancladas a tecnologías tradicionales debido a falsas creencias sobre costos, procesos de implementación o seguridad, lo cual limita su desarrollo y competitividad, y puede poner en riesgo su capacidad de cumplimiento regulatorio.
Por su parte, Alejandro Ponce Rivera y Chávez, director general de Consultoría en Actividades Vulnerables, subrayó que a fin de evitar multas que puedan comprometer el patrimonio empresarial y facilitar el cumplimiento de esta ley, es recomendable buscar asesoría especializada y apoyarse en un software.
“Es importante que las empresas, grandes y pequeñas, consideren designar a una persona encargada del cumplimiento así como invertir en una solución tecnológica que les sirva de soporte y guía, especialmente porque la ley exige el almacenamiento de la información durante cinco años, por lo que deben considerar un sistema que les permita resguardar los datos y tenerlos siempre disponibles en caso de que lo requiera la autoridad”.
Además DE presentar avisos periódicos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre las operaciones realizadas por estos,los sujetos oblligados deben resguardar la información durante cinco años.
Las sanciones económicas por incumplimiento van desde 844 mil 900 pesos por la omisión del envío de un aviso, hasta 5 millones de pesos o más, incluso puede haber pena de cárcel.
C$T-GM