Deberán concluir el proceso máximo enero-marzo de 2020.
Los estatutos constitutivos sociales mediante los cuales se establece la forma en que prestarán servicios las empresas mayoristas que resultarán de la Separación Funcional de Telmex-Telnor y que deberán implementar a más tardar el primer trimestre de 2020, fueron aprobados por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
«Los estatutos sociales constitutivos aprobados establecen la prestación exclusiva de servicios mayoristas de telecomunicaciones como el objeto social de las nuevas empresas, es decir, que no darán servicio al usuario final, sino solamente a los operadores; regularán su estructura y funcionamiento de sus órganos de decisión, administración y gobierno corporativo durante el periodo de transición», precisó el instituto en un comunicado.
El Plan Final de Separación Funcional ordenado por el IFT el 27 de febrero de 2018 estableció que Telmex y Telnor, -integrantes del Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones (AEPT)- debían presentar, para autorización del órgano regulador, su propuesta de estatutos sociales constitutivos de UMT y UMNOR que serán las empresas mayoristas resultantes respectivamente, así como la propuesta de estatutos sociales de SUM, la sociedad subcontroladora de UMNOR.
Los estatutos aprobados otorgan la opción al AEPT de nombrar un administrador único o un consejo de administración temporal que le permita cumplir con el segundo hito del calendario relacionado con la constitución de UMT, UMNOR y SUM, y que operará máximo hasta el 31 de diciembre de 2018, fecha límite en la cual deberá haberse conformado el Consejo de Administración Independiente de UMT y el de UMNOR.
El IFT se impuso la tarea de realizar una revisión bienal para medir el avance de la regulación asimétrica impuesta al AEPT, en esa evaluación determinó la pertinencia de separar funcionalmente a la empresa que tiene la red local de mayor cobertura en el territorio nacional como una medida adicional para asegurar que los operadores tuvieran acceso efectivo a insumos esenciales en los mismos términos y condiciones, como lo ordena la Constitución.
La Separación Funcional ejercida al AEPT, fue tomada de experiencias ejercidas en países como Reino Unido, Nueva Zelanda y Australia, en donde se incrementó el acceso a la red del operador histórico por parte de los competidores y, con ello, la penetración del servicio de banda ancha fija.
El AEPT en México deberá implementar en su totalidad toda esta regulación a más tardar en marzo de 2020, toda vez que el órgano regulador determinó que esta regulación asimétrica es consistente con las mejores prácticas internacionales.
C$T-EVP