Podrían ser beneficiados 3.8 millones de usuarios.
La acción colectiva emprendida en contra de la operadora comercialmente conocida como Nextel y adquirida por AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V., generó una resolución en favor de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) por lo que la firma de telecomunicaciones deberá pagar daños y perjuicios a los consumidores afectados, más 20 por ciento como indemnización y un 9.0 por ciento como interés legal anual, por cobros indebidos realizados en los años 2012, 2013 y 2014.
«Esto podría beneficiar a más de 3.8 millones de usuarios de Nextel, ahora AT&T, de acuerdo con informes rendidos por la Comisión Federal de Telecomunicaciones, el Instituto Federal de Telecomunicaciones y el Banco de Información de Telecomunicaciones, pues la firma contaba en 2012, -fecha de inicio de la afectación por cobros indebidos-, con 3 millones 851 mil 153 consumidores; todo ese universo de personas que hayan sido afectadas en los años 2012, 2013 y 2014, podrán sumarse a los beneficios de dicha sentencia colectiva».
Ricardo Sheffield Padilla, Procurador Federal del Consumidor, detalló que se ganó la primera y segunda instancia del Juicio de Acción Colectiva a Nextel y que ya bajo la razón social de AT&T, promovió un amparo, el cual le fue negado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito; aunque inconforme promovió un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual fue declarado improcedente.
El Alto Tribunal del país resolvió con firmeza la sentencia condenatoria a favor de los consumidores representados por la Profeco, resolución que significa que «es equivalente a un fallo irrefutable», precisó Sheffield Padilla.
En 2013 Profeco promovió una acción colectiva en contra de Nextel, empresa de telecomunicaciones que en 2015 fue adquirida por AT&T, la denuncia derivó de cobros indebidos de servicios no proporcionados deficientes o con características y contenidos diferentes a los planes o paquetes ofrecidos; por servicios adicionales cancelados, donde la empresa continuó cobrando a los usuarios con cargo a sus tarjetas bancarias; y por ajustes y cobro de tarifas sin aclaración, sin previo aviso y aceptación expresa de los consumidores.
La institución precisó que dichas conductas indebidas fueron ejercidas durante 2012, 2013 y 2014 por Nextel, ahora AT&T; los consumidores que contrataron servicios de telefonía móvil con Nextel en ese periodo y que se les haya aplicado cobros indebidos, tendrán el derecho de reclamar el pago de esa afectación, hasta antes del día 27 de septiembre de 2019, mediante la interposición de un Incidente de cuantificación de daños ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil de la Ciudad de México, dentro del Juicio de Acción Colectiva, expediente judicial 482/2013.
«En caso de que los afectados no quisieran interponer el incidente de cuantificación de daños por sí mismos ante el Juzgado, podrán acudir a la Profeco para ser auxiliados en su trámite. El contacto con Profeco, es a través del Portal de Acciones Colectivas http://acolectivas.profeco.gob.mx/, enviar un correo electrónico a: [email protected], o bien, llamar a la Dirección General Adjunta de Acciones de Grupo, al teléfono 56256700, extensiones 11292, 11773, 11357, 11180, 11948 y 11176, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 18:00 horas».
La acción contra AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V., deriva de ser causahabiente por fusión de las codemandadas NII Telecom, S. de R. L. de C. V., Servicios de Radiocomunicación Móvil de México, S. de R.L. de C.V. (antes Servicios de Radiocomunicación Móvil de México, S. A. de C. V.), Delta Comunicaciones Digitales, S. de R. L. de C. V., Inversiones Nextel de México, S. de R.L. de C.V. (antes Inversiones Nextel de México, S. A. de C. V.), Comunicaciones Nextel de México, S. de R.L. de C.V., y NII Digital S. de R.L. de C.V.; todas conocidas comercialmente como “Nextel”, y que pasó a ser propiedad de la operadora de origen estadunidense.
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