Carece de sustento jurídico la solicitud
Ceder los 60 MHz de la banda 2.5 GHz de MVS en favor de América Móvil (AMX), exige un exhaustivo análisis tanto del incumplimiento en el que incurrió la primera empresa, como por la presencia en esta transacción del Agente Económico Preponderante (AEP) en telecomunicaciones, el cual incluso se encuentra bajo proceso de revisión en materia de leyes asimétricas.
Es importante recordar que en la pasada administración, el gobierno federal decidió rescatar los 190 MHz de la banda de 2.5 GHz, porque no estaba siendo utilizado el espectro, y luego de una negociación con la SCT, MVS logró retener 60 MHz por 15 años, bajo la promesa de poner en marcha servicios de Banda Ancha, “lo cual no ha sucedido y no sucederá porque ahora busca ceder esa concesión», precisó Iván Ruiz Moreno, Maestro en Derecho de Telecomunicaciones.
En su opinión “desde el punto de vista jurídico no hay sustento para autorizar la cesión de un título de concesión donde hay incumplimientos» de los servicios de banda ancha comprometidos a ofrecer en un plazo establecido, además que resulta «imposible dejar de recordar el acuerdo concretado entre Telmex y Dish, asunto que la autoridad calificó como improcedente y donde también estuvieron involucrados América Móvil y MVS”.
La acumulación de espectro es algo que debe analizar el órgano regulador, pues teniendo una mayor cantidad de frecuencia resulta difícil pensar que no habrá una mayor cantidad de usuarios, lo cual puede llevarnos de manera indirecta nuevamente al tema de la preponderancia, figura que actualmente se encuentra bajo revisión.
En octubre de 2013 la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó que “autorizaba la prorroga y modificación de los títulos de concesión para usar, aprovechar y explotar 60 MHz en la banda de 2.5 GHz”, precisó la dependencia.
La condición impuesta al nuevo título de concesión era que a más tardar el 31 de diciembre de 2016, prestaría servicios de banda ancha móvil, para lo cual los concesionarios habrían de cubrir los requisitos y las contraprestaciones que determinara el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
En caso de incumplirse con esta obligación, “los títulos de concesión prorrogados quedarán sin efectos y regresarán al Estado los 60 MHz para ser licitados por el IFT. Este plazo puede ser prorrogado por un año, en tanto el concesionario lo solicite y el IFT lo apruebe”, precisó en su momento la SCT.
Para Ruiz Moreno la vigencia de las leyes asimétricas debe mantenerse, pues el principal riesgo que se advierte en la revisión es una posible disminución de las medidas, que se pudiera autorizar la posibilidad de que ofrezca nuevas servicios o quitar medidas cuando se puede constatar que los resultados alcanzados son insuficientes.
“Me parece que las medidas deben quedarse como están; la compartición de infraestructura en la práctica ha resultado complicada, lo cual no implica que debe retirarse esa obligación, sino revisar porque no han funcionado”.
El abogado experto en telecomunicaciones, consideró que al existir incumplimiento en la obligación principal que asumió MVS al momento de obtener la prórroga el pasado septiembre de 2013, el IFT no debería autorizar la cesión de los derechos a Telcel de los 60 MHz de la banda de 2.5 GHz.
C$T-EVP