El pleno cierra expedientes de diferendos en tarifas de interconexión
En sesión ordinaria del pasado 3 de junio el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) resolvió dar acceso a la multiprogramación al Instituto Politécnico Nacional (IPN) en diversas localidades del país.
Dicho acceso será para siete estaciones de televisión en ciudades como Cuernavaca, Morelos; Durango y Gómez Palacio, Durango; San Luis Potosí, San Luis Potosí; Tijuana, Baja California; Valle de Bravo, Estado de México; y Culiacán, Sinaloa.
El Ifetel también autorizó acceso a la multiprogramación al Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPREM) para la transmisión del Canal del Congreso, y al gobierno del Distrito Federal, para la señal de la Asamblea Legislativa local, en ambos casos en la capital del país.
La multiprogramación es la posibilidad de distribuir en un solo canal de televisión digital, los contenidos televisivos de dos, tres o cuatro canales de tv, lo que representa optimizar el mismo recurso espectral y contribuir a la diversidad y a la pluralidad en beneficio de la población.
Por otra parte en sesión extraordinaria del pasado 29 de mayo, el pleno del órgano regulador resolvió poner fin a los procedimientos iniciados en 2008 por Axtel y Avantel, para resolver condiciones de interconexión no convenidas con Pegaso PCS, filal de Telefónica.
Los comisionados decidieron cerrar el expediente de Avantel con Pegaso, en virtud de los Convenios Modificatorios acordados por las partes que establecieron términos y condiciones para tarifas de terminación fija y móvil no convenidas en los años 2005 a 2010 en la modalidad “El que llama paga Local”.
En los desacuerdos Axtel-Pegaso, debido a que ambas empresas manifestaron haber llegado a un acuerdo en las tarifas de terminación fija y móvil y términos y condiciones de Interconexión para los años 2005 a 2011, en la modalidad “El que llama paga Local”, el pleno determinó la cesación de efectos para ambas partes.
Finalmente el Ifetel informó que se impuso una sanción y se declaró la pérdida de bienes en beneficio de la Nación, derivado del procedimiento administrativo iniciado en contra de una persona física que usaba la frecuencia 163.5100 MHz, en el Distrito Federal y la zona metropolitana, sin contar con la previa concesión, permiso, o autorización.
C$C-EVP