Se debe especificiar la justificación legal
Para prevenir violaciones a los derechos humanos asociados a la presunción de inocencia y confidencialidad en comunicaciones privadas, diputados sometarán a aprobación reformas a los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).
Ello, con el fin de establecer controles judiciales en las solicitudes de intervención de llamadas y geolocalización de dispositivos móviles que instancias de seguridad o de procuración de justicia presenten a los concesionarios.
La propuesta presentada por la fracción parlamentaria del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), señala que deberán ser los juzgados de control judicial los que autoricen todo tipo de intervención con base en parámetros regulatorios estrictos como es el seguimiento de una averiguación previa o proceso de investigación de bandas criminales.
También deberán definir con claridad y precisión el tipo de inspección que se realizará, los sujetos participantes y la temporalidad, así como indicar qué autoridades están facultadas para solicitar dichas intervenciones o geolocalizaciones.
El diputado Vidal Llerenas Morales, dijo que si bien el artículo 16 de la Constitución establece la posibilidad de que las autoridades federales intervengan y restrinjan comunicaciones privadas, ello debe ocurrir sobre la base de la observancia y cumplimiento de garantías a la fecha no especificadas en los artículos 189 y 190 de la LFTR.
“Bajo el actual esquema se está en posibilidad de que cualquier autoridad con cualquier pretexto, pueda solicitar información y que las telefónicas se las puedan proporcionar lo que compromete el libre ejercicio del derecho humano a la privacidad”, subrayó.
Mencionó que al operar sin restricciones en la intervención de llamadas, se viola el artículo 11.2 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos que estipula que “nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, salvo estar sujeto a investigación por una orden judicial”.
La legisladora Paola Galico Félix, precisó que con estas reformas a la LFTR los concesionarios sólo se verán obligados a cumplir con las solicitudes de geolocalización o intervención de llamadas si la petición procede de los juzgados de control que especificarán la persona, el tipo de comunicación y la justificación legal.
C$T-GM