Aprueban esquema de autorregulación.
El pleno del Senado de la República aprobó con 72 votos a favor, 13 en contra y tres abstenciones reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), en materia de derechos de las audiencias que permite a los concesionarios autorregularse y tener Código de Ética propio, además de derogar la figura de suspensión precautoria de transmisiones a programas noticiosos.
En defensa del dictamen que una vez aprobado fue remitido al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, el senador Jesús Lozano Alarcón, dijo que con estas modificaciones se defiende el derecho a la información y libre expresión de las audiencias y criticó a quienes politizaron el tema cuando en radiodifusión se requiere de cabal competencia para mejorar la calidad de los contenidos.
Previamente, por la mañana, las Comisiones Unidas de Comunicaciones, Radio, Televisión y Cinematografía aprobaron la minuta de reforma a la LFTR que la Cámara de Diputados envío al Senado el pasado 7 de septiembre, pero que no habían analizado para enviarla al pleno, lo cual sucedió en el mismo día.
Marcela Torres Peimbert, del Partido Acción Nacional y Marco Antonio Blásquez, del Partido del Trabajo señalaron que con las modificaciones aprobadas se atenta contra los Derechos de las Audiencias, pues quedará a consideración de los concesionarios y no del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), emitir su Código de Ética y distinguir entre publicidad e información.
Lamentablemente se restan atribuciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones que la propia Constitución y la ley le confieren como máximo órgano regulador”, señaló Torres Peimbert.
En las modificaciones aprobadas se establece que al IFT le corresponderá ejercer las facultades de vigilancia en materia de derechos de las audiencias y en su caso, imponer las sanciones correspondientes, así como ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que violen las normas previstas en la ley, sin que esta facultad se aplique a programas noticiosos.
Tanto en comisiones como en el pleno, la modificación que generó mayor discusión es la que concede a los concesionarios emitir libremente un Código de Ética, sin estar sujetos a convalidación o revisión previa o posterior del IFT u otra autoridad, además que también podrán designar libremente al Defensor de la Audiencia.
En defensa de las reformas a la LFTR, el senador priista Raúl Pozos Lanz, sostuvo que la autorregulación no presupone estar por encima de le ley porque los Derechos de las Audiencias están contenidos en la reforma constitucional y en la ley secundaria y corresponde al IFT darles seguimiento puntual como órgano regulador.
“Debe quedar muy claro, enfatizó, que las modificaciones no autorizan la autorregulación sobre derechos y obligaciones establecidos en la Constitución y regulados en la Ley Federal de Telecomunicaciones, sino que otorgan la libre determinación de los concesionarios de establecer los valores que generen más competencia y oferta de contenidos en beneficio de las audiencias”, concluyó.
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