Reforma carece de medios de defensa para presuntos infractores.
La intención de poner piso parejo en el terreno de las plataformas digitales es oportuno; sin embargo, algunos expertos consideran que el bloqueo que se prevé en la Reforma Fiscal 2021 y que se hará efectivo para los infractores este año afectará más a los usuarios, a prestadores de servicios afiliados y, por ende, al desarrollo de la economía digital impulsado por las Pymes.
“El impacto del bloqueo conlleva afectaciones serias para las startups, pues quedarían totalmente imposibilitadas de ofrecer sus servicios en línea y reactivarse es un proceso que les tomará tiempo”, aseguró Victor Aguirre, socio fundador de la firma BlackBox Startup Law, despacho jurídico especializado en asesorar plataformas digitales.
En caso de que las plataformas digitales de intermediación no cumplan con la nueva regulación establecida en la Reforma Fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) notificará el incumplimiento y, en su caso, emitirá una orden a los concesionarios de telecomunicaciones para ejecutar el bloqueo.
Sin embargo, para Víctor Aguirre, dicha reforma “carece de un medio de defensa específico para los presuntos infractores; además que puede resultar en perjuicio para el consumidor mexicano que estará privado de los servicios de la plataforma digital extranjera”, lo que sin dudan representan riesgos derivados del bloqueo.
De acuerdo con la Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI), podría generar impactos negativos en el ecosistema digital mexicano, tales como mermar el desarrollo de la economía digital en México y el impulso a las Pymes, que hoy representan 90 por ciento del total de las empresas de México (4.1 millones).
BlackBox Startup Law recordó que una de las causantes de bloqueo es que no se hayan inscrito al padrón del SAT; hasta el 30 de diciembre de 2020 sólo se han registrado 70 empresas. Las plataformas también pueden ser bloqueadas por no designar a un representante legal en México, no realizar la correcta retención y entero de impuestos, no registrar un domicilio fiscal, no tramitar la e-firma, o por omitir la presentación de las declaraciones informativas durante tres meses consecutivos o durante dos periodos trimestrales consecutivos, según aplique.
En el caso de que los contribuyentes prestadores de servicios digitales residentes en el extranjero, que no cuenten con establecimiento en México incurran en omisiones fiscales graves, detalló, se emitirá una orden a los concesionarios de telecomunicaciones para que ellos sean los encargados de bloquear a las plataformas que no cumplan con la ley.
La plataforma notificada contará con un plazo de 15 días para ponerse al corriente; y el concesionario de telecomunicaciones tendrá un plazo de 5 días para hacer el bloqueo temporal, mientras que el bloqueo se levantará hasta que la plataforma haya cumplido todas sus obligaciones fiscales.
De acuerdo con el SAT, entre los servicios digitales de intermediación se incluyen: transporte terrestre de pasajeros, entrega de alimentos preparados y de bienes, hospedaje, comercio de bienes, descarga o acceso contenido digital, clubes en línea y páginas de citas, enseñanza a distancia o test o ejercicios.
C$T-GM