Reforman Artículo 1916 del Código Civil.
La reforma aprobada fast track por la fracción priista en la Cámara de Diputados que penaliza a quien por medios electrónicos y tradicionales difunda hechos que puedan causar deshonra o descrédito de una persona, será rechazada en su análisis en el Senado de la República, anticiparon Dolores Padierna y Miguel Barbosa.
Esto significaría imponer censura o ley mordaza a los cibernautas que critiquen o denuncien a funcionarios públicos por desvío de recursos o negligencia en sus funciones, espetó la senadora Dolores Padierna.
Con la reforma a la fracción I del artículo 1916 del Código Civil Federal, estarán sujetos a la reparación del daño moral quienes comuniquen a través de medios tradicionales o electrónicos hechos ciertos o falsos que expongan o desprestigien a la persona.
En la anterior redacción de ese artículo no se incluía a medios electrónicos, por lo que cualquier ciudadano que a través de Facebook o twitter critique la actuación o probidad de un funcionario público podrá ser sancionado”, precisó Miguel Barbosa.
El legislador sostuvo que se rechazará esa reforma porque atenta abiertamente contra la libertad de expresión y el flujo de ideas.
En la penúltima sesión del período ordinario de sesiones cuando se debatía la Ley de Seguridad Interior, los diputados decidieron introducir en la agenda, esas modificaciones al Código Civil Federal que fueron aprobadas sin discusión por la mayoría PRI-PVEM.
A consideración de los diputados, es necesario ampliar la definición para incluir a las nuevas herramientas electrónicas que pueden usarse para hacer “ciberbullying” o cometer actos de discriminación o afectación como sucede actualmente sin tener que enfrentar la ley.
La iniciativa, que se turnó al Senado para su revisión, fue propuesta por el diputado José del Pilar Córdova Hernández del PRI. En la exposición de motivos se señala que “ante el uso generalizado de los medios electrónicos es necesario regular los excesos de la libertad de ideas y de expresión, con límites precisos en las leyes reglamentarias”.
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