Necesario transparentar cómo decisiones privadas impactan lo público.
La regulación de las redes sociales es un tema que cobra vigencia ante una propuesta legislativa que podría ponerlas en la misma “caja” que medios tradicionales como la radio y la televisión, sin considerar la complejidad del ecosistema digital, por lo que es oportuno promover un debate amplio y abierto, multisectorial, así como identificar los riesgos que implicaría trasladar ciertas decisiones del Estado a los privados.
La gobernanza de internet se basa en el principio de participación multi-actor, no nada más como una cuestión de etiqueta o formalismos. “Si se reduce esta discusión a que internet es como la televisión y se debe regular igual, esto va a ser una masacre regulatoria que va a redundar en una peor protección a la libertad de expresión”, sostuvo Luis Fernando García, director de R3D.
La radio y la televisión no son lo mismo, técnicamente son distintas. Con internet la pluralidad se amplió muchísimo, ha permitido a las personas acceder a un mayor número de fuentes de información y en este sentido, recalcó, es importante hablar de la figura del intermediario, porque son medios distintos para el ejercicio de la libertad de expresión.
Una regulación, planteó, tendría que estar enfocada en la rendición de cuentas, a que el Estado pueda proteger lo público, asegurándose de que las decisiones privadas que impactan lo público sean más transparentes, pues se vería desproporcionado que con la intención de proteger lo público, se impidiera a las empresas privadas ejercer ciertas libertades que inclusive son benéficas para la mayoría de las personas.
Lo que se ha visto en algunas discusiones, alertó, es que existe una concepción equivocada de que el derecho a la libertad de expresión es un asunto entre el Estado y el individuo, en el que los particulares o las empresas privadas no tienen nada que ver, cuando algunas plataformas han tomado decisiones de moderación pensando en el interés de que las discusiones sean sanas.
Al responder a la pregunta de si se tratan de una violación a la libertad de expresión los casos en que empresas restringen el derecho a difundir información, Agustina del Campo, directora del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE) explicó que si bien la respuesta es muy amplia, el hecho de establecer determinadas reglas de conducta no siempre constituye censura.
En la Convención Americana sobre Derechos Humanos, abundó, se habla de las restricciones indirectas, que no son “las que tradicionalmente asociamos al derecho de libertad de expresión. O sea, para que la libertad de expresión se respete hace falta mucho más que el Estado no se meta a callar una voz o a apagar un foro de discusión. Esa es una parte, la obligación de no restringir desproporcionadamente”.
Por su parte, recalcó, las empresas o particulares también tienen obligaciones de garantía, específicas para mitigar, prever y prevenir las violaciones a derechos humanos en el ejercicio de sus funciones, lo que aplica tanto para las empresas que trabajan en términos analógicos como para las empresas de internet.
Sin embargo, en el foro virtual “Regulación de plataformas digitales y libertad de expresión”, organizado por la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), Del Campo recalcó que uno de los temas pendientes en América Latina es terminar de definir un modelo general de responsabilidad de intermediarios, uno que esté acorde con los estándares y principios de derechos humanos.
Para las autoridades en derechos humanos a nivel global y regional, el principio general es “que las empresas no sean responsables por el contenido de terceros, sobre todo las empresas de contenidos, porque es aquí donde se generan los grises más grises, donde se arman las trifulcas más complejas sobre qué hacer, sobre cómo deberían operar estos intermediarios”.
Y esto es parte de un principio básico: “Si yo Estado sostengo que la compañía es responsable por todo lo que se publica, mi incentivo como empresa será bajar todo el contenido que pueda aunque sea remotamente comprometer mi responsabilidad”, con lo que “se van para abajo un montón de expresiones”.
La especialista abundó que a mayor número de obligaciones legales de moderación de contenidos habrá mayor control del debate público que recaerá en el sector privado, lo que podría interpretarse como un traslado del poder sobre el debate público del Estado hacia el sector privado, y ese traslado tiene riesgos, los cuales deben identificarse, analizarse y tomar una decisión a sabiendas.
Otro punto importante al regular, es no regular “con nombre y apellido”, porque para cuando esa ley se empiece a implementar los procesos, la tecnología y las formas de encarar serán distintas.
“Hay que enfocarse en procesos, en garantías, en transparencia, pero no enfocarse en las particularidades que hoy nos molestan de determinadas compañías. Hay que hacer un ejercicio muy consciente y esforzarse por abstraerse de eso que nos molesta y pensar más allá de esos actores, pensar cuáles son las garantías procesales de transparencia y demás que queremos”.
La gracia del internet es que es descentralizada e interjurisdiccional, dos factores que deben tomarse en cuenta al pensar en una regulación nacional; y además hay que escuchar a múltiples actores, promover debates amplios y multisectoriales, porque es la única forma de avanzar sobre seguro, enfatizó.
C$T-EVP