Sirven para alertar a la población ante posibles amenazas naturales.
A partir de este martes, los organismos de protección civil del país podrán hacer uso de siete frecuencias del espectro radioeléctrico para difundir alertas tempranas en casos de desastres naturales, sin solicitud previa de concesión, y que operarán libres de interferencias perjudiciales, al ser clasificadas como espectro protegido por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) permite el uso de las frecuencias 162.400 MHz, 162.425 MHz, 162.450 MHz, 162.475 MHz, 162.500 MHz, 162.525 MHz y 162.550 MHz, con un ancho de canal de 25 kHz, a fin de salvaguardar la vida humana y minimizar el impacto de posibles daños materiales.
En México los sistemas de alerta temprana que existen son: el Servicio Sismológico Nacional, Sistema de Alerta Sísmica Mexicano, Sistema de monitoreo del volcán Popocatépetl, Sistema de Alerta Temprana para Ciclones Tropicales, Sistema Nacional de Alerta de Tsunamis, Sistema de Alerta Temprana de Incendios en México y el Servicio Meteorológico Nacional.
“Si bien estos sistemas sirven para alertar a la población ante posibles amenazas naturales, es importante señalar que cada uno de ellos opera de manera diferente al utilizar distintas tecnologías para el monitoreo y la medición de las perturbaciones naturales. No obstante, estos sistemas tienen la necesidad de enviar la información obtenida, y uno de los medios más eficaces para hacerlo es por medio de frecuencias del espectro radioeléctrico”.
En el documento, aprobado por el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), se reconoce que “dentro de las características de los sistemas de alerta temprana se deben considerar los elementos para la medición, monitoreo, transmisión, adquisición y procesamiento de la información para la difusión de las alertas tempranas”.
Asimismo, que es de gran importancia contar con un marco regulatorio adecuado que permita el uso y desarrollo de dichos servicios; con recursos y herramientas tecnológicas que favorezcan el uso efectivo de los servicios de telecomunicaciones, así como mecanismos de comunicaciones encaminados a desarrollar, mantener y fortalecer aplicaciones de seguridad de la vida humana que se adapten a las necesidades de las regiones ante operaciones de salvamento.
Además, considera de gran importancia contar con un marco regulatorio adecuado que permita el uso y desarrollo de servicios de alerta, recursos y herramientas tecnológicas “que favorezcan el uso efectivo de los servicios de telecomunicaciones por medio de las cuales se pueda enviar información de alerta temprana sobre desastres naturales”.
Asimismo, subraya, es recomendable contar con mecanismos de comunicaciones encaminados a desarrollar, mantener y fortalecer aplicaciones de seguridad de la vida humana que se adapten a las necesidades de las regiones ante operaciones de salvamento.
En este sentido, a través de la clasificación de las frecuencias señaladas, se busca como objetivos establecer condiciones que permitan una administración del espectro radioeléctrico en beneficio de la seguridad de la vida; administrar y fomentar el uso eficiente del espectro para el sector de las telecomunicaciones.
Asimismo, impulsar condiciones para el acceso a las tecnologías y servicios de telecomunicaciones con la finalidad de maximizar el bienestar social; y coadyuvar en la armonización del uso de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico, con base en las mejores prácticas internacionales y los avances tecnológicos que existen en el sector.
El documento aclara que las concesiones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de este acuerdo en el rango de frecuencias materia del mismo, se mantendrán en los términos y condiciones consignados en los respectivos títulos hasta en tanto el IFT inicie y resuelva los procedimientos para el cambio o rescate de bandas de frecuencias dispuesto en el artículo 105 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
C$T-GM