Conteo de plazos se reanudará el 1 de julio.
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) extenderá la suspensión de actividades presenciales, al 30 de junio de 2020, con la intención de preservar la seguridad de su capital humano y contribuir en las medidas preventivas de distanciamiento social.
“Como ha sucedido desde que, por causas de fuerza mayor, se emitió el primer Acuerdo de suspensión de labores presenciales, el 27 de marzo de este año, el Instituto continuará trabajando para garantizar el cumplimiento de su mandato constitucional de vigilar la continuidad y calidad en los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión en beneficio de todos los usuarios y audiencias en México”.
El órgano regulador refirió que tal como ha ocurrido desde el inicio de la contingencia sanitaria, con el fin de proteger la salud de sus colaboradores, el IFT continuará con sus operaciones sustantivas diarias a través del teletrabajo.
Asimismo, el Pleno seguirá sesionando de manera virtual y realizando reuniones remotas con representantes de la industria para el logro de los acuerdos que tienen como objetivo apoyar a los usuarios y garantizar que se mantengan comunicados durante la pandemia por COVID-19, entre otras actividades.
Con el Acuerdo aprobado, el conteo de los plazos previstos por períodos o días naturales, así como los previstos en días hábiles, se reanudará a partir del miércoles 1 de julio de 2020.
Adicionalmente a los trámites habilitados en los Acuerdos anteriores adoptados por el Pleno, los cuales seguirán vigentes, se aprobó que la Unidad de Espectro Radioeléctrico habilite la solicitud de inclusión al programa anual de uso y aprovechamiento de bandas de frecuencias y la solicitud de parte interesada para la obtención de recursos orbitales a favor del Estado Mexicano.
En el caso de que algunos de los trámites o actividades administrativas del Instituto requieran de la presencia física parcial de los servidores públicos, ésta se realizará en un horario laboral ordinario y sin perjuicio de las medidas sanitarias y de seguridad que resulten aplicables y se consideren pertinentes.
En estos procesos quedarán exentas las personas que se encuentren en una situación especial de vulnerabilidad, es decir, las personas adultas mayores de 60 años, mujeres embarazadas o en estado de puerperio inmediato o lactancia, y personas con diabetes, hipertensión, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer, inmunosupresión (adquirida o provocada), o con insuficiencia renal o hepática.
“Con el uso de las tecnologías de la información en su gestión administrativa, el IFT se ha colocado a la vanguardia en la administración pública federal y ha permanecido activa, dando cumplimiento a su mandato constitucional, en beneficio del desarrollo de las actividades de la industria y de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión”.
C$T-GM
IFT