A partir de junio Telcel deberá desbloquear celulares en pospago.
La libre elección del proveedor de servicios de telecomunicaciones es un derecho que los usuarios de telefonía móvil podrán garantizar derivado de las nuevas reglas asimétricas que Telcel deberá seguir, pues algunas prácticas relacionadas con el desbloqueo de celulares representan una barrera para cambiar de empresa cuando mejor conviene al suscriptor.
En la actualidad, de acuerdo con el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), los usuarios finales del segmento de pospago que desean cambiar de proveedor se enfrentan a dos escenarios:
Tener que liquidar su equipo terminal o adquirir uno nuevo, lo cual implica que deban desembolsar recursos adicionales, enfrentando un costo de cambio relevante; o mantener su contrato con Telcel, limitando su ejercicio de elegir el proveedor que le ofrezca mejores beneficios.
En este contexto, el órgano regulador determinó que Telcel, como parte del Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones (AEPT), tiene seis meses (a partir del pasado 8 de diciembre de 2020) para cumplir con una serie de reglas asimétricas que buscan reducir los costos de cambio de operador de los usuarios de pospago.
Así, a partir de junio de 2021 la empresa deberá ofrecer contratos separados a sus usuarios, uno para el servicio de telecomunicaciones y otro para la compra-venta de celulares; además, está obligada a dar la posibilidad de continuar con el contrato del equipo terminal si es que decide cancelar el contrato.
El IFT también determinó que la operadora deberá permitir a los usuarios finales la posibilidad de adquirir a plazos equipos desbloqueados en el esquema de pospago, si es que estos son ofrecidos en el segmento de prepago.
Otra de las medidas impuestas es desbloquear el equipo terminal adquirido a plazos en el esquema de pospago cuando los usuarios cancelen el contrato por el servicio de telecomunicaciones, siempre que hayan transcurrido por lo menos seis meses del contrato del equipo.
Asimismo, Telcel también deberá establecer en el contrato de compra-venta del equipo terminal, condiciones y términos de referencia como información sobre descuentos, subsidios y condiciones de liquidación anticipada.
«Lo que esperamos es que se reduzcan los costos de cambio para los usuarios y que sea decisión de ellos cambiarse de operador o no, que sea en función de sus necesidades lo que determine con qué operador elige que se le provea el servicio de telecomunicaciones», dijo Lorely Ochoa Moncisvais, directora general de Desarrollo de las Telecomunicaciones y la Radiodifusión en la Unidad de Política Regulatoria del IFT.
La funcionaria explicó que esto debido a que estos cambios, no solamente implican cuestiones contractuales de registro y autorización ante Profeco, sino también adecuaciones en el esquema de la comercialización de los equipos terminales, por ello el IFT estimó que era conveniente otorgar a la empresa, seis meses para que realice todos los cambios y adecuaciones para poder cumplir con estas obligaciones.
«La resolución bienal se notificó el día 7 de diciembre, la vigencia de estas nuevas medidas comienza a partir del 8 de diciembre. A partir de ahí, contamos seis meses, lo que nos lleva a junio de 2021».
C$T-GM